Los planes parciales son los instrumentos que articulan de manera específica los objetivos de ordenamiento territorial con los de gestión del suelo concretando las condiciones técnicas, jurídicas, económico - financieras y de diseño urbanístico que permiten la generación de los soportes necesarios para nuevos usos urbanos o para la transformación de los espacios urbanos previamente existentes, asegurando condiciones de habitabilidad y de protección de la Estructura Ecológica Principal, de conformidad con las previsiones y políticas del Plan de Ordenamiento Territorial. (Art. 31, Decreto 190 de 2004 - Compilación POT)
Las dinámicas de la ciudad son cambiantes y en el ejercicio de la planeación de ciudad puede haber modificaciones normativas para los diferentes sectores de la ciudad. Usted debe consultar sobre la norma vigente para su predio en la Secretaría Distrital de Planeación.
Un Plan Parcial de Renovación Urbana puede transformar de manera definitiva su modo de vida y sus condiciones actuales. La renovación busca transformar la estructura existente para producir nuevos espacios urbanos cualificando los servicios públicos, dotándolos con nuevos espacios de uso público y conexiones viales con mayor funcionalidad.
Los valores sobre el suelo varían y son dinámicos sin embargo siempre se tiene como referencia el avalúo catastral y el avalúo comercial del predio . Los proyectos de renovación deberán contemplar diferentes alternativas de vinculación de la gente al negocio inmobiliario y dentro de ellas se establecerán los términos de la negociación en caso de que la persona desee permanecer en el sector o se quiera ir de allí. Estos términos deberán ser explícitos en los instrumentos de gestión y los planes y/o los programas para el desarrollo de dichos instrumentos.
Hay dos posibilidades de para la expropiación en los procesos de Renovación Urbana:
1. Si el proyecto de Renovación involucra una obra pública el Estado debe establecer términos para la negociación y en última instancia puede expropiar.
2. Una vez adoptado un proyecto de Renovación Urbana por medio de un Decreto, la ley establece que puede haber expropiación (...) ver ley 388 art. 55 enajenación forzosa. hasta el art. 70.
El proceso de definición de proyectos de Renovación Urbana debe garantizar la definición de los instrumentos de gestión necesarios para llevar a cabo el Plan Parcial una vez sea adoptado por Decreto. Si la gente no está de acuerdo con el proyecto, la norma no tendrá el efecto deseado, no habrá una gestión adecuada del mismo y finalmente la operación urbana no será viable.
Pueden plantear proyectos de Renovación Urbana actores públicos, actores privados y la misma comunidad. La ejecución la harán estos mismos actores u otros dependiendo de los instrumentos de gestión y los planes y/o programas que se desarrollen en el marco del Plan Parcial